El registro de viajeros
El próximo 2 de diciembre, tras una nueva ampliación del plazo, entrará en vigor, en virtud de lo establecido por el Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, el Registro de información a las empresas de hospedaje y alquiler de vehículos.
Esta no es la primera ocasión en la que la fecha se modificado, tras un periodo de adaptación hasta el 2 de junio de 2023 y una ampliación posterior hasta el 1 de octubre de 2024. En este post se resumen las principales características el Registro de viajeros, así como las posturas manifestadas por representantes del sector turístico y del Ministerio del Interior en relación con la normativa.