La primera vez que escuché hablar sobre la Responsabilidad Social Empresarial (Corporativa en aquel entonces) pensé “bueno, si esto es lo que se ha hecho siempre, ¿no?. Empresas del barrio que se unen a causas sociales, a ayudar en diferentes ámbitos”. Quizá este es uno de esos términos que se usan para redefinir algo que se hace desde siempre y, además, desde las pymes, las empresas en contacto directo con los problemas del barrio.
Seguro que conocemos ejemplos desde hace tiempo: bares que dan cafés y/o desayunos gratis, tiendas que se unen o comienzan campañas solidarias, autónomos que ofrecen sus servicios profesionales de forma gratuita a las personas más necesitadas del barrio, etc. Siempre se ha hecho, porque este tipo de negocios siempre ha estado cerca de las personas y han sido sensibles a la problemática social. Perdón, este tipo de negocios no, las personas que regentan y/o trabajan en este tipo de negocios.
Escrito por Marcos Ruiz Abad
el Martes, 28 Agosto 2018.
Publicado en Responsabilidad Social Corporativa
Por Carlota Cruz, representante de Ecoembes en Canarias
Según el Observatorio de la Responsabilidad Social Corporativa, la Responsabilidad Social Corporativa o RSC es una manera de dirigir las empresas basada en la gestión de los impactos que su actividad genera sobre sus clientes, empleados, accionistas, comunidades, medio ambiente y sociedad en general. Se trata de ir más allá del mero cumplimiento de la ley, actuando con ética y coherencia en todos los ámbitos en los que la empresa actúa.
Cada vez son más las grandes empresas que integran en sus modelos de negocio esta filosofía, incorporando aspectos como la protección del medio ambiente, la acción social, la integración de colectivos en riesgo de exclusión, etc… Un aspecto clave en estos modelos son los trabajadores. Las políticas de RSC apuestan por mantener un buen clima laboral a través de la conciliación, la igualdad, la no discriminación y la formación, de manera que cada trabajador pueda alcanzar todo su potencial en la compañía.
Escrito por Carlota Cruz
el Martes, 16 Enero 2018.
Publicado en Responsabilidad Social Corporativa
Enfrentarte a multas de hasta 601.000€ no es ninguna broma, sobre todo cuando la base de nuestro negocio son los datos que manejamos diariamente. Lamentablemente, no terminamos de ser consciente de su importancia.
Pues si, somos muy duros de mollera, y nos cuesta entender la importancia de nuestro trabajo diario. Desde que se instauró la Constitución Española en el año 1978, ya nos encontramos con los primeros artículos que protegen la intimidad, los datos, la privacidad y el derecho a no ser acosados si no es nuestro deseo.
Curiosamente nuestra vida ha ido convirtiéndose en digital y el aumento de los datos de terceros que manejamos habitualmente adquiere un volumen curioso y de importancia relevante, tanto para ti que tienes tu empresa y manejas información de tus clientes y prospectos, como para ti que eres cliente a su vez de empresas a las que te vinculas.
Cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables (nombre, apellidos, dirección, número de teléfono, matrícula del vehículo, correo electrónico, fotografía, imagen de vídeo …), en cuanto permita identificar o haga meramente identificable a cualquier persona física o dirección IP.
Escrito por Santy Abreu
el Miércoles, 27 Abril 2016.
Publicado en Innovación y Tecnología
Antes del Código de Comercio de 1829, España en general y las Islas Canarias en particular, carecían de una reglamentación comercial global que rigiese las relaciones mercantiles y los conflictos entre los comerciantes. A finales del siglo XVIII los comerciantes canarios a los que ahora denominaríamos empresarios, recurrían en ausencia de otra norma, a la que más autoridad moral se le reconocía: las Reales Ordenanzas del Consulado de Bilbao de 1737. Tal fue su éxito que se mantuvieron en vigor y fueron un referente de Código de Comercio en más de diecinueve países de Iberoamérica hasta bien entrado el siglo XIX. Un ejemplo de su aplicación y eficacia se comprobó al ser empleadas en el concurso de acreedores de la herencia de un comerciante canario llamado Juan Cólogan Valois, socio de la compañía londinense Cólogan, Pollard & Cooper, cuando tras su muerte en 1799, su hermano Tomás tuvo que solicitar el citado concurso y recurrir a esas ordenanzas para afrontar las reclamaciones de los acreedores.
Juan Cólogan Valois, a través de la citada compañía, había desarrollado una intensa y exitosa actividad comercial como importador de vinos canarios. Llegando incluso a firmar contratos de suministros con la Marina Británica (Board of Commissioners for the Victualling of the Navy) a la que abasteció durante más de dos décadas. También mantenía estrechas relaciones comerciales con la América inglesa, concretamente con los puertos de Newport, Nueva York y Filadelfia y muchos otros puertos de Europa.
Escrito por Leopoldo Cólogan
el Martes, 26 Abril 2016.
Publicado en Legislación